viernes, 1 de octubre de 2010

Acuerdo del Consejo Superior No. 075 del 23 de Septiembre de 2010

Cordial saludo,


Los invitamos a plantear aquí sus inquietudes e interrogantes con respecto al Acuerdo por el que se modificó el Reglamento Académico Estudiantil de Pregrado en relación a matrícula académica, cálculo de promedio además de cancelación y validación de asignaturas.


Como referencia, en el siguiente enlace podrán tener acceso al texto del documento aprobado por el Consejo Superior:


https://docs.google.com/fileview?id=0B4CtXXNi_UqmZTRkMjA2NDgtZTc2Ny00MThhLTk5OWYtN2JkZTA4ODUwYjMy&hl=en


Sus preguntas serán resueltas en este mismo espacio. 

Pueden también plantear sus interrogantes en el foro que recién se abrió en el grupo Facebook de la Escuela de Ingenierías Eléctrica, Electrónica y de Telecomunicaciones (www.e3t.uis.edu.co):





Éxitos,


--
Rubén Darío CRUZ RODRÍGUEZ
Director, Escuela de Ingenierías Eléctrica,
Electrónica y de Telecomunicaciones (E3T)

Representante de los Directores de Escuela ante el Consejo Académico
Universidad Industrial de Santander
Tel (57) 7 634 4000 Ext 2360 fax (57) 7 635 9622

38 comentarios:

  1. Desde que semestre empieza a regir el nuevo acuerdo? y si se tiene encuneta las materias perdidas anteriormetne para calcular el promedio pnderado?

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  2. Como se puede verificar en el Artículo 18 del Acuerdo (página 5), este rige a partir del primer período académico de 2011 (recién vamos a comenzar el segundo de 2010).

    Una única disposición, la establecida en el Artículo 11 (promedio para PFU inmediato que pasó de 2,60 a 2,70), empieza a regir un poco más tarde, en el segundo período académico de 2011.

    No, no se tienen en cuenta. Se tiene en cuenta únicamente la mejor nota asignaturas perdidas con anterioridad al primer período académico de 2011 y el segundo de 2011 para el promedio (Ver literal c del parágrafo 2 del Artículo 8, página 3).

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  3. ¿Con quê promedio se puede quedar condicional y las cancelaciones de asignaturas hasta que fecha hay plazo?

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  4. Como ha sido tradicionalmente en la UIS, con un promedio ponderado acumulado inferior a 3,20 se queda condicional. Este promedio no cambió (ver Artículo 10, página 3).

    Para cancelaciones se tiene como plazo último la sexta (6) semana de clases (Artículo 12, página 4).

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  5. ¿Todos lso profesores deben hacer los primeros parciales y entregar resultados antes de la sexta semana de clases o eso va segun ellos lo prefieran?

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  6. El Consejo Académico estableció como lineamiento para la preparación del Calendario Académico de cada semestre, y considerando que cada asignatura debe tener al menos tres evaluaciones (Parágrafo 1 del Artículo 97 del Reglamento de Pregrado original, que sigue vigente) además del Artículo 99 del mismo reglamento, que la calificación de la primera evaluación se reporte en el Sistema de Evaluación Académico antes del martes de la sexta semana de clases, y la segunda evaluación antes del martes de la semana 12 de clases. La tercera evaluación se realiza en la semanas de previos luego del fin de clases. Si se realizan más evaluaciones las notas se reportan como lo establece el reglamento (Artículo 99) mientras se respeten los plazos anteriormente mencionados y lo dispuesto por el Artículo 98 del reglamento (se deben publicar notas 8 días después de la evaluación, durante 3 dias). Todo esto no se modificó ni es nuevo y está en el Reglamento Académico Estudiantil de Pregrado vigente como lo puedes comprobar consultándolo en: https://www.uis.edu.co/portal/nuestra_uis/reglamentos/documentos/Nov19_REGLAMENTO_PREGRADO.pdf

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  7. es cierto que el reglamento se pasa de encuartarse y poder ver una materia solo un semestre, pasar a quedar pfu por dos veces perdida.

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  8. No, no es cierto que se quede PFU por reprobar una asignatura dos veces. Se continua con la posibilidad de cursar sin aprobar cuatro veces una asignatura mientras se tenga un promedio ponderado acumulado superior a 3,20 al momento de haberla reprobado por tercera vez (Ver artículo 6, página 2).

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  9. Y cómo hacemos los que estamos atrasados porque tenemos que trabajar y en esa medida no podemos tener una carga horaria completa...

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  10. La cancelaciones no se han eliminado (ver Artículo 12) sino que se han establecido ciertas normas para racionalizar la utilización de este mecanismo.

    Como lo indica el considerando b. del acuerdo (página 1), el estudiante debe sopesar su capacidad, sus condiciones y los compromisos que tenga en el momento de la matrícula y en ese momento definir y matricular las asignaturas que efectivamente pueda sacar adelante con éxito durante el semestre. La idea no es matricular muchas materias, sabiendo a priori que no pueden sacar todas adelante, para luego ver cuales se pueden cancelar (lo cual es muy ineficiente y costoso considerando el deber de emplear racionalmente los recursos de todos los colombianos que financian la educación pública), sino realizar un análisis y matricular las asignaturas que con una probabilidad razonable se pueden atender juiciosamente.

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  11. el tiempo de permanencia para un estudiante en la Universidad se puso en máximo siete (7) años y que aquel que pierda una asignatura en más de dos (2) ocasiones queda excluido por bajo rendimiento académico PFU?

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  12. El Acuerdo aprobado (ver https://docs.google.com/fileview?id=0B4CtXXNi_UqmZTRkMjA2NDgtZTc2Ny00MThhLTk5OWYtN2JkZTA4ODUwYjMy&hl=en) no incluye estos aspectos.

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  13. Desde cuando empieza a regir la modificacion?
    En este semestre (2010-2) las cancelaciones quedan igual como siempre se ha trabajado? o aplican de una vez lo de la 6ta semana? y si es asi (que rige a partir del 2010-2), por que no aplicaron lo de los creditos extras (debido al promedio) al momento de matricular???

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  14. Como se puede leer más arriba en este mismo foro y verificar leyendo el Artículo 18 del Acuerdo (página 5), este rige a partir del primer período académico de 2011 (recién vamos a comenzar el segundo de 2010).

    Una única disposición, la establecida en el Artículo 11 (promedio para PFU inmediato que pasó de 2,60 a 2,70), empieza a regir un poco más tarde, en el segundo período académico de 2011.

    Entonces el semestre que inicia, 2010-2, es el último con el esquema habitual de cancelaciones (último día de clases). A partir del 2011-1 entra regir la disposición de cancelaciones hasta la sexta semana.

    Lo de los créditos extras, como las demás disposiciones, rigen en el 2011-1 (para dar tiempo a la difusión y asimilación de los cambios). Como estamos en la matrícula del 2010-2 no rige el nuevo esquema de créditos extras definido por el artículo 2 del nuevo acuerdo.

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  15. es retroactivo?...aun cuando empieza a regir desde 1 - 2011 el calculo del promedio se hará de ahí en adelante(2011-1) o se tomara en cuenta los semestres anteriores?

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  16. No es retroactivo ya que ninguna norma puede serlo. El parágrafo 2 del Artículo 8 (página 3) especifica la forma de calcular el promedio de transición:

    "PARÁGRAFO 2. La calificación definitiva de las asignaturas tenidas en cuenta para el cálculo del promedio ponderado acumulado de los estudiantes, al entrar en vigencia el presente Acuerdo, será:

    a. La calificación definitiva obtenida por el estudiantes en las asignaturas cursadas y aprobadas en los periodos académicos anteriores a la vigencia del presente Acuerdo.

    b. La calificación definitiva obtenida por el estudiante en cada una de !as asignaturas cursadas por primera vez en el primer periodo académico en en que empiece a regir el presente Acuerdo.

    c. La mayor calificación definitiva obtenida por el estudiante en cada una de las asignaturas perdidas entre los periodos académicos anteriores a la vigencia del presente Acuerdo y el primer periodo académico de vigencia del presente Acuerdo."

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  17. Segun lo estipulado en el articulo 6, paragrafo 3, un estudiante que el presente semestre se encuentre encuartado, ¿Tiene la posibilidad de perderla por cuarta vez, sin quedar PFU? y ¿cuales son los requisitos para cursar la materia deporte seleccion?, estos mencionados en el paragrafo 1 del articulo 2. Gracias de antemano.

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  18. Como en el semestre que recién comienza, el 2010-2, aún no esta vigente el Acuerdo, el estudiante que se encuentre encuartado puede perder la asignatura por cuarta vez y no quedar PFU si el promedio ponderado acumulado es superior a 3,50 (calculado como se hace desde el 2005). Si no es así queda PFU. Si el promedio es superior a 3,50 puede cursarla por quinta vez en el 2011-1 (cuando entra en vigencia el artículo) y si la pierde por quinta vez quedaría PFU sin importar el promedio ponderado acumulado que tenga (Parágrafo 3, Artículo 6).

    Los requisitos de Deporte Selección puedes preguntarlos en el Departamento de Deportes. El Acuerdo no crea requisitos nuevos para asignaturas (esto lo hacen las Escuelas y Departamentos que las ofrecen), sino que menciona (Parágrafo 1, Artículo 2) que unas asignaturas se pueden matricular de manera adicional al número de créditos disponibles MIENTRAS SE CUMPLAN LOS REQUISITOS EXIGIDOS POR LAS MISMAS, sean estos los que ya están establecidos. No se si deporte selección no tenga requisitos actualmente, si esto es así, continua siendo así.

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  19. Tengo una materia perdida 4 veces y este semestre ( 2do del 2010)es la quinta vez que la veo, tengo el promedio sobre 3.5 si se pierde ahora no hay problema, pero entrada en vigencia la norma entonces si se pierde, si sale pfu? Es decir en ese sentido si es retroactiva, porque se tienen en cuenta las veces perdidas antes de entrada en vigencia de la norma.oviamente la idea es no perderla pero es una duda.

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  20. El parágrafo 3 del artículo 6 indica la transición dando una oportunidad adicional a todos los que la hayan visto más de cuatro veces, sin considerar si han sido 5, 6, 7, 8, 9, etcétera, veces (no hace diferencia hacia atrás para los que están en esta situación). Una transición en otros términos implicaría formalizar la posibilidad de que alguien reprobara ocho veces (cuatro años) una misma asignatura antes de quedar PFU. El sólo perder una vez una asignatura requiere del estudiante un análisis de las circunstancias que desembocaron en ese resultado y el trabajar para solucionarlas o pedir el acompañamiento para solucionarlas (PAMRA, MIDAS, Escuela, etc.), sin llegar al extremo de reprobarla ocho veces.

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  21. SE TOMA COMO DESARROLLO DIRECTO Y OFENSIVO LAS REFORMAS YA QUE BUSCAN PERJUDICAR AL ESTUDIANTE DE MANERA DIRECTA Y QUE SI BIEN BUSCAN UN ESTUDIANTE AUTOREGULADO LO ESTAN LOGRANDO A CABALIDAD Y TRISTEMENTE YA QUE HAY QUE COMPRENDER COMO CRITERIO QUE UN ESTUDIANTE BUENO NO ES ELQUE LLEVA
    ELPROMEDIO EN 5 YA QUE SOLO ESTE ES UN CRITERIO BASADO EN OTRO CRITERIO.

    ANTE EL ATAQUE DIRECTO A LAS DROGAS SE RECONOCE SU PARTE BUENA QUE BENEFICIA A LA UNIVERSIDAD PERO TAMBIEN SE INTERPRETA CIERTO ATAQUE DIRECTO CONTRA ESTA NO POR LA FORMA EN QUE SE PRESENTA SI NO COMO ESTA SE PERCIBE ...

    ME ENCUENTRO INCONFORME CON ESTOS ACUERDOS ES DECIR EL
    ACUERDO 066 Y 075 ME GUSTARÍA BIEN PODER TENER DE MANERA DIRECTA UN ESPACIO DE DEBATE DE LOS MISMOS , POR LO TANTO ME GUSTARÍA SE PROPORCIONARA UN ESPACIO PARA ALGO QUE ES INDEBATIBLE DESDE EL PUNTO DE LA NORMA . GRACIAS

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  22. COMENTARIO*:

    Comprendo su poisición frente a los acuerdos 075 y 066 de 2010,
    aprobados por el Consejo Superior de la UIS. Como usted lo expresa, son normas que ya están aprobadas por las máximas autoridades de la UIS y respaldadas por diversos argumentos que velan por la integridad de los miembros de la comunidad académica y la calidad de los procesos institucionales. La UIS desarrolla desde ya estrategias para dar a conocer los términos de la norma, educar sobre ellas y cómo ellas no
    son un recurso puntitivo sino, en principio, preventivo. Para evidencia,
    vea la campaña para la previsión del consumo de dorgas (UIS libre de
    drogas). En ambos casos, las normas responden a responsabilidades
    institucionales que no se pueden eludir. Evidencia de ello son los
    esfuerzos de acompañamiento de estudiantes con necesidaes particulares frente al consumo de drogas, alcohol, dependencia de los juegos de azar, además de las relacionadas con el acuerdo 075 (ya aprobado, pero, como usted sabe, tiene contempladas regímenes de transitoriedad y procesos preventivos para entrar en vigencia). El 075, lejos de toda demonización, cuenta con argumentos sólidos y estudios claros que permitirán más beneficios que lesiones; por ejemplo:

    a. un sistema de cancelaciones más honesto y que permite a quien cancela liberarse de la asignatura desde la sexta semana del semestre para concentrarse en aquellas sobre las cuales quiere apostar sus esfuerzos durante el semestre;
    b. un cálculo más justo de los promedios;
    c. la incorporación de una tercera oportunidad para superar las
    condicionalidades en la medida en que el estudiante en dificulatades
    demuestre sus progresos;
    d. una ampliación de criterios (decisiones colegiadas) para el caso de
    las validaciones de asignaturas que permitan una mayor fluidez del
    tránsito del estudiante en el plan de estudios acorde con las
    competencias que deben ser probadas dentro del rigor académico, etc.;
    e. una mayor transparencia en la relación estudiante-vocación-programa y rendimiento académico.

    Más que debates (y usted se posiciona ya al catalogar ese posible
    escenario como "indebatible", lo cual podría revestir una determinada
    posición frente al diálogo), se trataría de que la UIS dé a conocer
    las normas, los alcances de las mismas y cómo ellas serán practicables
    sin dejar de ofrecer al estudiantado los soportes y orientaciones para la
    comprensión de las reglas del juego y el acompañamiento que los
    estudiantes requieren.


    * Acogido a partir de la respuesta del Decanato Facultad de Ciencias Humanas a estas inquietudes formuladas por un estudiante de esa facultad.

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  23. Adicionalmente reitero que no es cierto que el Acuerdo 075 busque que los estudiantes tengan el promedio en 5,00, o que considere que un estudiante bueno tiene ese promedio, ya que no modificó el promedio para ser considerado un estudiante condicional (vulnerable) que es 3,20. Al ser un estudiante vulnerable, se le limita el número de créditos que puede matricular con carácter preventivo, para que no asuma una carga académica alta que no pueda sacar adelante, y que lo lleve a quedar PFU (Ver artículo 5 del Acuerdo 075). También es vulnerable un estudiante encuartado y para protegerlo es que se limita a que solo pueda matricula las asignaturas en las que está encuartado, de manera que las saque adelante y no asuma una carga adicional que lo pueda llevar a quedar PFU (Ver artículo 6 del Acuerdo 075). Entonces estas medidas no son castigos ni tienen carácter punitivo, sino todo lo contrario, tienen carácter preventivo buscando que un estudiante vulnerable se concentre en solucionar sus problemas y buscar ayuda (PAMRA, MIDAS, etc.) y no asuma cargas académicas adicionales que puedan llevarlo a aumentar sus inconvenientes académicos o llevarlo al PFU.

    La Corte Constitucional ha manifestado, en múltiples jurisprudencias, que los cupos de acceso a la educación superior se constituyen en un bien escaso en comparación con el número de personas que aspiran acceder a ella, y en ese sentido, las instituciones encargadas de la educación superior deben propender por la uso racional de sus recursos (que son públicos y por lo tanto sagrados y no de pueden desperdiciar o invertir de forma ineficiente) ofreciendo sus programas con criterios basados en el mérito académico, esta es una de las justificaciones del PFU, figura que hace parte de los reglamentos universitarios a nivel mundial (así sea con otro nombre o denominación). Al perder una asignatura (por primera vez, o incluso antes de perderla) se debe buscar acompañamiento, se debe ser pro-activo y tomar la iniciativa en la solución de los problemas que han llevado a ese fracaso académico, y no esperar pasivamente reprobando la asignatura una y otra vez, por que es muy difícil explicar que en cuatro oportunidades, dos años, 40% de la duración de la mayoría de los programas, un futuro profesional de calidad, un joven adulto autónomo y autoregulado, no haya superado una (2%) de las quizás 50 asignaturas (100%) de su plan de estudios. Un estudiante de la UIS es el líder y protagonista de su propio proceso formativo, los profesores y la Universidad son la guía y apoyo en este proceso, median en ese proceso.

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  24. Si no estoy mal, en el reglamento actual el estudiante que pierda tres veces una materia y tenga un promedio ponderado acumulado mayor e igual a 3.50 puede matricular y cursar asignaturas aparte de la que queda encuartado

    Esto no se podra hacer en el el primer semestre de 2011?

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  25. No, no se podrá realizar en el 2011-1. Como se explicó mas arriba en este foro, un estudiante "encuartado" es un estudiante vulnerable que tiene algún inconveniente que debe enfrentar y solucionar, asumiendo el control de su propia vida, y para protegerlo mientras resuelve esta situación es que se limita a que solo pueda matricula las asignaturas en las que está encuartado, de manera que las saque adelante y no asuma una carga adicional que lo pueda llevar a quedar PFU (Ver artículo 6 del Acuerdo 075). Entonces estas medidas no son castigos ni tienen carácter punitivo, sino todo lo contrario, tienen carácter preventivo buscando que un estudiante vulnerable se concentre en solucionar sus problemas, sin menospreciarlos o ignorarlos, y busque ayuda (PAMRA, MIDAS, Bienestar Universitario, su propia familia y amigos, etc.) y no asuma cargas académicas adicionales que puedan llevarlo a aumentar sus inconvenientes académicos o llevarlo al PFU.

    Fueron muchos los caso de estudiantes "encuartados", "enquintados", etc. que matriculaban materias adicionales, no lograban aprobar las del problema, y las materias adicionales bajaban su promedio por debajo de 3,50 y quedaban PFU.

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  26. si yo pierdo una asignatura este semestre que aun no rige la reforma... y el proximo semestre en el que empieza a regir la reforma la paso... La nota nueva se promedia con la nota que obtuve cuando aun no regia el reglamento?

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  27. No, no se promedia, en ese caso se tomará únicamente la nota del 2011-1 para el calculo del promedio ponderado acumulado. Ver el literal c. del Parágrafo 2 del Artículo 8º del Acuerdo del Consejo Superior No. 075 de septiembre 23 de 2010. Ver acuerdo disponible en http://db.tt/ueZkAtk

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  28. ¿es cierto que sólo puedo matricular dos materias adicionales a proyecto de grado 2? Pregunto porque en mi carrera proyecto de grado 2 tiene 8 créditos, y con los 20 que me darían podría meter 4 materias (3 electivas y ética). ¿Es posible esto? No encuentro nada de esto en el acuerdo ni en el reglamento anterior. Agradezco su pronta respuesta.

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  29. Teniendo en cuenta tu promedio, y el nivel en el que estés de acuerdo con Sistema Académico, puedes verificar en cuál situación estás considerando los artículos 2º, 3º y 4º del Acuerdo del Consejo Superior No. 075 de septiembre 23 de 2010. Ver acuerdo disponible en: http://db.tt/9PTA2FF

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  30. es cierto que si mi promedio ponderado en el primer periodo academico del 2011 en 2.62 no estoy PFU.¿esta normal es para el segundo periodo academico del 2011?

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    1. si saco 2.62 quedo pfu??? voy en el segundo semestre.!!!

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  31. Una pregunta, el semestre pasado 2011-2 perdi Calculo I y algebra lineal, calculo en 0.5 y algebra en 1.8, este semestre las estoy viendo de nuevo, el promedio de este semestre se ve afectado por esas materias?. ya que de ser asi no tengo opciones, y apenas es mi primer estado de condicionalidad.

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  32. cual es el castigo de quedar pfu

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  33. Una pregunta....si me encuarto y al mismo tiempo quedo condicional eso significa PFU de una?? o me dan un semestre extra??

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  34. Una pregunta..como se saca el promedio al final de semestre?

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  35. cuantos semestres puedo cursar sin quedar pfu

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  36. cuantos semestres como condicional puedo cursar sin quedar pfu

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  37. si quedo encuartado y con el promedio ponderado en 3,1 quedo pfu?

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